Club Hípico de Santiago

Reglamento de Carreras de Chile Artículos 234° a 236°

De la Llegada y los Empates

CAPITULO XXXVI {ARTS. 234-236}

De la Llegada y los Empates

Artículo 234.- Se considerará ganador de la carrera al caballo que cruce la meta con una ventaja apreciable o perceptible sobre los demás. Para establecer esta circunstancia, el Juez de Llegada podrá valerse de los sistemas fotográficos en uso en cada hipódromo.

Artículo 235.- Cuando dos o más caballos crucen la meta sin ventaja perceptible para ninguno de ellos, se considerará que la carrera ha sido empatada y se tendrá por ganadores a los que hayan ocupado el primer lugar. La misma regla se aplicará en caso de empate en los lugares secundarios.

Artículo 236.- En caso de empate por el primer puesto, cada uno de los propietarios de los caballos ganadores recibirá íntegramente el valor del primer premio asignado a la carrera. Esta disposición no regirá en las carreras clásicas, salvo en los casos en que el directorio del hipódromo respectivo, en forma voluntaria, adopte un acuerdo en contrario.
En caso de empate en los lugares secundarios, se sumarán los premios de los lugares cubiertos por el empate y se dividirán por el número de los caballos que empaten.